Faltas de ortografía en Google por usar traductores voluntarios
viernes, octubre 29, 2004
Para los que no lo sepan, Google utiliza traductores voluntarios para localizar su interfaz. Esta decisión ha acarreado numerosos problemas a la empresa hasta el momento. Dirson mencionaba uno de ellos hace unos días. La interfaz en gallego de Google cuando se escribía una cadena de caracteres inexistente ("aaaaiuyq") mostraba el siguiente mensaje:
"A súa procura de 'aaaaiuyq' non atopou documentos. Google, empresa millonaria, EXPLOTA TRADUTORES VOLUNTARIOS para gañar máis diñeiro." (No se encontraron documentos con 'aaaaiuyq'. Google, empresa millonaria, EXPLOTA TRADUCTORES VOLUNTARIOS para ganar más dinero).
Al parecer Google ha retirado el texto, que había sido comentado en numerosas bitácoras. De todas formas, la política empresarial de Google respecto a las traducciones sigue siendo nefasta, como demuestra la versión catalana con faltas de ortografía hasta en los botones de búsqueda (en el botón de la portada se lee "Probar sort" en lugar de "provar" o "proveu"). Lo barato sale caro.
La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) ha ordenado la transferencia del dominio de Internet 'www.carlossobera.com' al presentador de televisión Carlos Sobera. Esta dirección de Internet pertenecía a un argentino con el mismo nombre hasta que el tribunal de arbitraje de la OMPI falló a favor del presentador español. La OMPI tuvo en cuenta que se trataba de una persona pública y que, a pesar de no tener registrado su nombre, reproducir íntegramente la marca de hecho 'Carlos Sobera' violaba la distintividad alcanzada por esta marca protegida. Su tocayo argentino no está de acuerdo y muestra su descontento en la página objeto de la disputa. Más información, en El Mundo.
El próximo 3 de noviembre los dos principales partidos de España, PSOE y el PP, se volverán a reunir para tratar sobre el pacto antiterrorista. Según La Vanguardia, estos dos partidos tienen previsto analizar las últimas operaciones contra el terrorismo de ETA y el islamista. Tarde o temprano en una de estas reuniones tendrán que ampliar el pacto, ya que no tiene ningún sentido que los dos partidos más representativos del Estado lleguen a acuerdos de tal relevancia a espaldas del resto de grupos políticos que condenan la violencia (independientemente de que sean nacionalistas españoles o de otro tipo).
Además, el modelo legislativo que se utiliza para luchar contra el terrorismo de ETA podría ser inadecuado para el terrorismo islamista por lo que habrá que estudiar alternativas. Según el mismo diario, el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón advertía hoy en un auto de los inconvenientes de acusar de organización a algo no lo es, a algo que ni tiene bombas ni es un grupo armado, aunque tiene la clara intención de matar. Según Garzón, el Código Penal fue redactado pensando en ETA pero la mayoría de células islamistas se organizan de un modo muy distinto y ni siquiera se comunican regularmente con Al Qaeda. Los contactos suelen tener carácter personal, son esporádicos o se realizan por teléfono, y son más útiles para la cohesión ideológica que para la transmisión de instrucciones, siempre según La Vanguardia.
Dada la afición que tiene el legislativo a modificar el Código Penal, tal vez sea conveniente tener a mano la página del Departamento de Derecho Penal y Ciencias Penales de la Universidad de Barcelona. Su apartado sobre Legislación y actualidad jurisprudencial incluye varios enlaces interesantes; entre ellos, el Código Penal de Joan J. Queralt, revisado el 30 de septiembre de 2004.
La Universidad de Fribourg también dispone de un apartado de Derecho Penal a cargo de José Hurtado Pozo en el que se puede encontrar una recopilación de enlaces de artículos, jurisprudencia y legislación de varios países. También hay códigos penales de algunos países europeos y sudamericanos.
El Congreso aprueba reunificar valenciano y catalán en las escuelas de idiomas
jueves, octubre 21, 2004
La comisión de Educación del Congreso de los Diputados aprobó ayer una proposición transaccional pactada por IU y PSOE en la que se insta al Gobierno a revisar la separación de valenciano y catalán en las escuelas oficiales de idiomas (EOI) decretada en noviembre de 2003 por el Ejecutivo de José María Aznar. El documento final, aprobado por 22 votos a favor (PNV y CiU también lo respaldaron) y 15 en contra (los del PP), expresa "la disconformidad" de la Cámara con el criterio de la conferencia sectorial de Educación que, a petición del Consell, decidió crear un título de valenciano en las EOI, distinto al de catalán. Más información, en Levante.
El PSOE se dispone a cumplir una de sus promesas electorales: la derogación del art. 506 bis del Código Penal que sancionaba con penas de prisión e inhabilitación la convocatoria de referendos ilegales. Zapatero calificó la amenaza de cárcel para este tipo de supuestos como algo "desafortunado, superfluo e inapropiado". Habría que añadir que esto es especialmente cierto si se trata de un precepto pensado para personas y proyectos políticos concretos. El Código Penal es el instrumento menos adecuado para resolver los conflictos de estas características, ya que en lugar de solucionarlos tiene a radicalizar las posturas y, en cualquier caso, es una constatación del fracaso de la política. Así pues, la modificación de ese artículo es una buena noticia para la democracia y, como no, para las editoriales. A este paso, o publican códigos con hojas intercambiables o tendremos que cambiarlos cada tres meses. Más información, en La Vanguardia.
El Consejo de Ministros aprobó ayer el anteproyecto de ley para modificar la ley de Seguridad Vial. Según este proyecto, que podría ponerse en práctica a partir del próximo verano, se empezará a aplicar el carnet de conducir por puntos. Así pues, los conductores dispondrán de un crédito inicial de 12 puntos y podrán perder el carnet en un solo día si infringen al mismo tiempo dos de los preceptos considerados muy graves y sancionados con la pérdida de 6 puntos cada uno. Más información, en La Vanguardia.
Los Gobiernos de los países del Consejo de Europa han aprobado el primer texto internacional jurídico sobre el voto electrónico en las elecciones y los referendos. La recomendación destaca la necesidad de garantizar los principios del sufragio universal y equitativo y del voto libre y secreto. Más información, en Libertad Digital.
España será el tercer país de Europa en legalizar el matrimonio entre homosexuales
viernes, octubre 01, 2004
El Consejo de Ministros ha aprobado un anteproyecto de ley para reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo. El anteproyecto de Ley del Matrimonio Civil podría convertir a España en el tercer país de Europa en legalizar el matrimonio entre homosexuales después de Holanda y Bélgica. Más información, en La Vanguardia. El anteproyecto se puede descargar de la página de Jueces para la Democracia.
Varios diarios incluyen artículos sobre la reforma del Código Penal que entra en vigor hoy y que supone la creación de nuevos tipos penales, la potenciación de algunas penas como el alejamiento y el comiso y la supresión de figuras que se consideraron ineficaces, como los arrestos de fin de semana. También se castigarán con mayor dureza delitos contra la seguridad del tráfico Más información, en Noticias.com, El Mundo e INJEF.
Hoy entra en vigor la Ley Orgánica 15/2003 por la que se modifica la Ley Orgánica 10/95, de 23 de noviembre del Código Penal. Dicha ley, que modifica, entre otros, el art. 270 del Código Penal, ha sido interpretada por algunos medios con cierto alarmismo (Navegante.com, por ejemplo), lo que ha llevado a algunas asociaciones de consumidores a desmentir la interpretación de la reforma que se estaba extendiendo por Internet (FACUA). Copio a continuación el texto antiguo y el actual para que cada cual pueda juzgar por sí mismo.
Texto anterior, modificado por la LO 15/2003.
Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años o de multa de seis a veinticuatro meses quien, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios.
La misma pena se impondrá a quien intencionadamente importe, exporte o almacene ejemplares de dichas obras o producciones o ejecuciones sin la referida autorización. Será castigada también con la misma pena la fabricación, puesta en circulación y tenencia de cualquier medio específicamente destinada a facilitar la supresión no autorizada o la neutralización de cualquier dispositivo técnico que se haya utilizado para proteger programas de ordenador.
Texto en vigor desde el 1 de octubre de 2004
1. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses quien, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios. 2. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses quien intencionadamente exporte o almacene ejemplares de las obras, producciones o ejecuciones a que se refiere el apartado anterior sin la referida autorización. Igualmente incurrirán en la misma pena los que importen intencionadamente estos productos sin dicha autorización, tanto si éstos tienen un origen lícito como ilícito en su país de procedencia; no obstante, la importación de los referidos productos de un Estado perteneciente a la Unión Europea no será punible cuando aquellos se hayan adquirido directamente del titular de los derechos en dicho Estado, o con su consentimiento. 3. Será castigado también con la misma pena quien fabrique, importe, ponga en circulación o tenga cualquier medio específicamente destinado a facilitar la supresión no autorizada o la neutralización de cualquier dispositivo técnico que se haya utilizado para proteger programas de ordenador o cualquiera de las otras obras, interpretaciones o ejecuciones en los términos previstos en el apartado 1 de este artículo.
J.
Sancho es licenciado en Traducción e Interpretación
por la Universidad Pompeu Fabra
e intérprete jurado de inglés. En la actualidad trabaja como
traductor autónomo y pierde algunas horas de sueño estudiando
Derecho en la UOC y escribiendo
algunas líneas en este diario.